DOCUMENTO DE TRABAJO N°2
Transporte Escolar Seguro
Una de las principales preocupaciones de las familias es cómo elegir bien un transporte escolar. Lo anterior, porque el conductor de éste es el encargado del traslado seguro de sus hijos e hijas en el trayecto de la casa al establecimiento educacional, de su regreso al hogar u otros lugares acordados.
Por lo anterior, es necesario tener en cuenta cómo se define transporte remunerado de escolares o transporte escolar, normas y recomendaciones a fin de que los y las estudiantes puedan tener un viaje seguro y sin riesgos.
PRINCIPALES EXIGENCIAS AL TRANSPORTE ESCOLAR
Al momento de contratar un servicio de transporte escolar es necesario que verifique personalmente que éste cumpla con los siguientes requisitos:
– Estar inscrito en el Registro Nacional de Transporte Escolar, trámite que se realiza en la respectiva Secretaría Regional de Transportes y Telecomunicaciones.
Dicha condición puede verificarse en la página www.mtt.gob.cl en el banner “Consulta Registro Nacional de Transporte Escolar”, ingresando la placa patente del vehículo.
– Quienes realicen la función de transportar escolares, deben entregar una copia autorizada del certificado de inscripción a él o los establecimientos educacionales que presten servicios, así como a los padres, madres y apoderados que lo requieran.(En la Dirección del establecimiento mantendremos un listado de transportistas escolares, con la respectiva fotocopia del certificado de inscripción. De igual manera estas representan solo sugerencias y es responsabilidad del contratante la elección del furgón para su pupilo).
Se entiende por transporte remunerado de escolares o transporte escolar, la actividad por la cual el empresario de transportes se obliga, por cierto precio convenido con el padre, madre, apoderado o encargado de niños que asisten a jardines infantiles, parvularios o establecimientos educacionales, hasta cuarto año medio, a transportarlos entre el lugar de habitación o domicilio del escolar y el establecimiento respectivo y/o viceversa, o a otros lugares acordados, en vehículos definidos en el artículo 2ª de la Ley Nº18.290, los que deben cumplir, además, con la normativa dictada por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (Ley Nº18931/Art.2º).
– El tiempo de viaje desde y hacia el colegio no debe superar los 60 minutos.
– En el caso que el transporte escolar, lleve más de 5 niños de jardines infantiles o educación parvularia, el conductor deberá viajar acompañado de un adulto, quien también deberá ingresar sus datos en el Registro Nacional de Transporte Escolar.
– Se prohíbe el traslado de menores de ocho años en los asientos delanteros.
RECOMENDACIONES PARA QUIENES CONTRATAN EL SERVICIO:
- Solicitar copia del certificado de inscripción en el Registro Nacional de Transporte Escolar.
- Se recomienda a los apoderados suscribir un contrato, por escrito, al momento de solicitar un servicio de transporte escolar. De esta manera, el acuerdo entre las partes será más transparente y podrá ser útil ante eventuales incumplimientos.
- Actualizar permanentemente los datos del conductor para ubicarlo fácilmente en caso de emergencia.
- Solicitar Sello Conductor Seguro de transporte escolar.