REGLAMENTO DE ASIGNACION DE BECAS DEL FINANCIAMIENTO COMPARTIDO AÑO ESCOLAR 2023
I.- IDENTIFICACIÓN DEL COLEGIO
El Colegio de párvulos North Kindergarten, es un colegio Subvencionado con Financiamiento Compartido, en cumplimiento a lo establecido, en el artículo 2, Nº6 de la Ley 19.532, del Ministerio de Educación, informa a su comunidad de Apoderados, el siguiente reglamento interno de asignación de becas.
II.- LA BECA Y SU FINALIDAD
La beca de Financiamiento Compartido, es un beneficio al que podrán postular todos los alumnos matriculados en nuestro establecimiento, a la exención total o parcial del cobro de una o más mensualidades, como indica la ley, por un aporte conjunto con el Sostenedor del establecimiento, de los recursos del cobro de escolaridad y del Estado, el porcentaje que la ley establece. La finalidad es ayudar a las familias que presenten problemas Socio-económicos y que tengan alumnos en vulnerabilidad social(40% más vulnerable de la población).
III.-LOS POSTULANTES A LA BECA
La Ley y el presente reglamento no ponen impedimento alguno para que todo apoderado pueda postular a un beca para su pupilo , sin embargo, se entiende que este es un beneficio para aquellos apoderados que con el máximo de veracidad y transparencia, consideren que ameritan acceder a éste.
IV.-PROCEDIMIENTO DE POSTULACION A BECA
1.- Retiro de formulario a partir del día 2 de noviembre del año anterior en que será solicitada la beca en el la dirección del establecimiento.
2.- Es obligatorio para postular a cualquier tipo de beca, obtener y presentar el Registro Social de Hogar, la cual debe ser solicitada en la Municipalidad a la que pertenece el domicilio del alumno.
3.- Los antecedentes y ficha de postulación deberán ser presentados en la Oficina de dirección hasta el último día hábil del mes de noviembre, al momento de la entrega de la documentación, la persona encargada certificará la presencia de todos los antecedentes solicitados y le entregará al apoderado un comprobante de postulación. Al respecto, no se aceptarán reclamos ni apelaciones sin el comprobante referido. Tampoco se aceptarán postulaciones con antecedentes faltantes o incompletos.
4.- Para las becas de libre disposición con las cuales cuenta el Establecimiento, se incorporará la información entregada por la educadora del nivel, que aportará antecedentes tales como: compromiso, rendimiento, conducta, puntualidad del alumno y del apoderado, con la actividades del colegio, tales como: asistencia a reuniones de apoderados y citaciones al establecimiento.
5.- Las familias postulantes que cumplan con cada uno de los requisitos, podrían ser visitados en su domicilio por una Asistente Social encargada del proceso, para verificar los antecedentes entregados y aportar nueva información a su postulación.
6.- Todas las becas asignadas son anuales, correspondiente al año escolar para el que postula. Para obtener el beneficio al año siguiente, debe repetir el proceso ya mencionado.
7.- El proceso está abierto para alumnos antiguos y nuevos que quieran matricularse en el establecimiento.
V .- SELECCIÓN, CALIFICACIÓN Y ENTREGA DE RESULTADOS
1.- La comisión de calificación y selección, estará compuesta por una comisión de becas.
2.- La entrega de resultados será desde en la primera semana de Diciembre, vía correo electrónico.
VI.- APELACIÓN
1.- A partir de la entrega de resultados, los postulantes que no obtuvieron el beneficio esperado, tendrán un plazo de 5 días para apelar a la resolución de la Comisión, dicha apelación se efectuará a través de una carta a la Directora, incorporando todos los antecedentes necesarios para reconsiderar la medida.
Una vez recibidas las apelaciones, se reunirá nuevamente la Comisión, la que dentro de un plazo de 5 días, revisará los antecedentes y entregará respuesta definitiva a la apelación indicada.
VII.- TÉRMINO Y PÉRDIDA DEL BENEFICIO
1.- El beneficio de la beca se termina con la finalización del año escolar.
2.- El apoderado que se niegue a la visita al domicilio o adultere la información o documentación, quedará automáticamente marginado del proceso de asignación a beca.
3.- El Apoderado podrá solicitar la cancelación del beneficio, cuando lo estime conveniente. La renuncia voluntaria al beneficio no implica el traspaso o transferencia de la beca para otra familia, la beca es personal e intransferible.
4.- Cualquiera otra situación no contemplada en este reglamento, será resuelto por la Dirección del Establecimiento.
VIII.- PRESENTACION DE ANTECEDENTES PARA POSTULACIÓN A BECAS
A.- Fotocopia de las tres últimas liquidaciones de sueldo de todas las personas que trabajen en el grupo familiar, Pensión de jubilación (en el caso de las personas que tengan este ingreso), o cualquier documento que acredite el ingreso familiar.
B.- Finiquito en caso de cesantía en original o fotocopia legalizada ante notario.
C.- Certificado de Cotizaciones (AFP) de los 12 últimos meses en original.
D.- Si es independiente, tres últimas declaraciones de IVA y las dos últimas declaraciones anuales de Impuesto a la Renta.
E.- Certificado de diagnóstico vigente y de gastos de algún familiar directo que se encuentre enfermo (Padre, Madre, Esposa o Hijo).
F.- Registro Social de Hogar (RSH) vigente.
G.- Formulario de solicitud de Becas.
H.- En caso de padres separados, estos deben presentar certificado de pensión alimenticia y/o retención judicial si la hubiera.
J.- Informe de gastos luz, agua, gas, cable, teléfono, arriendo, etc.
Nota: Los requisitos serán evaluados en su conjunto, la ausencia o incumplimiento de uno ellos, será motivo de rechazo inmediato de la postulación.
Nota: Los requisitos serán evaluados en su conjunto, la ausencia o incumplimiento de uno ellos, será motivo de rechazo inmediato de la postulación, solicitamos no entregar originales ya que los antecedentes no serán devueltos.
Los cupos de becas son limitados y se entregarán a las personas que más requieran la ayuda según los antecedentes aportados.